Nueva ley de auditoría: Todo un reto para las empresas y los auditores

En apenas cuatro años, las empresas y los auditores hemos tenido dos leyes de auditoría. En 2011 se aprobó la ley de auditoría y el Reglamento, para adaptar la legislación española a la normativa comunitaria (Directiva 2006/43/CE) y en el año 2015 se aprobó la nueva ley de auditoría que ha entrado en vigor el 17 de junio de 2016.

La pregunta que nos podemos plantear ¿Es necesario que se haya modificado una ley tan reciente? La respuesta es afirmativa ya que la normativa española tenía que adaptarse nuevamente a la normativa comunitaria de auditoría de cuentas (Directiva 2014/56/UE y Reglamento (UE) 537/2014).

Por tanto, la reforma de la ley de auditoría de cuentas en España viene determinada por la normativa comunitaria pero ¿Cuál es el motivo de esta reforma a nivel comunitario?

La respuesta la encontramos en la exposición de motivos de la Directiva y del Reglamento, que señala entre otros objetivos, los siguientes: amenazas a la independencia, mayor transparencia, armonización europea, mayor supervisión pública (en España, ICAC), aumentar la calidad de los trabajos, escepticismo del auditor, etc.

Además de estos motivos, la Directiva también hace referencia a otros, que en mi opinión han sido determinantes para que el legislador español haya realizado esta reforma con tanta premura y sin contar con el consenso de la profesión, y son fundamentalmente: preocupación por los escándalos financieros sobre todo en empresas de interés público (Bankia, Pescanova, Gowex), crisis financiera y contribución de la auditoría de cuentas a la estabilidad financiera e incrementar la confianza de los usuarios en los auditores, que en los últimos años se ha visto mermada por los escándalos financieros.

La nueva ley de auditoría está dirigida a todas las empresas que realizan una actividad económica, sin embargo los principales cambios afectan a las empresas de interés público, fundamentalmente por la repercusión social que tienen estas empresas. Por ello, han sido modificados temas como la rotación de auditores cada 10 años, la obligación de una Comisión de Auditoría, el refuerzo de la independencia (no prestación de determinados servicios), etc., y además se han modificado los límites para ser considerada empresa de interés público (en España eran muy bajos) y por tanto se ha reducido su número. Sin embargo, respecto al modelo de informe de auditoría, el legislador español ha sido mucho más restrictivo que la normativa europea ya que el modelo de informe es igual para todas las empresas a diferencia de la normativa comunitaria que distingue entre empresas de interés público y el resto.

El objetivo de la nueva ley es fundamentalmente mejorar la confianza de los usuarios en la información económico-financiera auditada, aumentar la calidad de los trabajos de auditoría y reforzar la independencia del auditor. Todos estos aspectos los profesionales los consideramos muy positivos, sin embargo al no haber contado con el consenso de la profesión, ha entrado en vigor como una ley controvertida, con muchas lagunas desde el punto de vista profesional, a las que el legislador tendrá que ir dándoles respuesta. De todas formas tanto las empresas, la mayor parte del las compañías del IBEX han realizado rotación de auditores para el ejercicio 2016, como los profesionales, afrontamos este nuevo reto, aún con todas las dudas que existen, con positivismo y profesionalidad.